Gravísima jornada de extrema violencia en Santiago durante el día de hoy.
Evasiones masivas, destrozos dentro de estaciones de metro, quemas a las puertas de los metros, destrozos a la propiedad pública y privada en el centro de Santiago y Maipú, esto y mucho dejó una gravísima jornada de manifestaciones violentas hoy en la capital.
Dada esta situación el Ministro del Interior, Andrés Chadwick invocó la Ley de Seguridad del Estado contra quienes resulten responsables de los disturbios, además se cerró toda la red de metro.
“Es un momento de tomar decisiones y quisiera hacer un llamado a nuestro compatriotas a trabajar juntos para la tranquilidad y el orden público”, indicó el titular del Interior.
¿En qué consiste la Ley de Seguridad del Estado?
La ley 12.927 de Seguridad Interior del Estado, en su Título 3 establece las penas relativas a los delitos contra el Orden Público, estableciendo penas más altas que aquellas contenidas en el Código penal.
El Artículo 6 de la norma, en su letra C, establece que incurren en delito contra el orden público “los que inciten a destruir, inutilizar, interrumpir o paralizar, o de hecho destruyan, inutilicen, interrumpan o paralicen, instalaciones públicas o privadas de alumbrado, energía eléctrica, de agua potable, gas u otras semejantes; y los que incurran en cualquiera de los actos antedichos con el fin de suspender, interrumpir o destruir los medios o elementos de cualquier servicio público o de utilidad pública”.
Las penas para los hechos descritos se encuentran específicadas en el Artículo 7 de la misma norma, que establece que se aplicará el castigo de “presidio, relegación o extrañamiento menores en sus grados mínimo a medio, sin perjuicio de las penas accesorias que correspondan según las reglas generales del Código Penal”.
Lo anterior significa que los condenados por esta ley deberán cumplir penas que van de los 61 días a los tres años de reclusión, además de las multas que procedan en cada caso, las cuales son fijadas en Unidades Tributarias Mensuales.
La abogada de Ciencias Penales de la Universidad de Chile, Myrna Villegas indicó que lo que dicta la letra c del artículo 6, que invoca el Gobierno en su querella, las penas por estos delitos pueden ir desde presidio menor en su grado máximo —3 años y un día a cinco años de prisión— a presidio mayor en su grado mínimo —5 años y un día a 10 años de prisión—.
Estas posibles condenas son significativamente mayores a las que se consideran si se acude a la legislación penal común, donde la docente detalló que si es que hubo daños superiores a 4 UTM pero inferiores a 40 UTM (190 mil a 1,9 millones de pesos), los responsables se exponen a una pena de entre 541 días hasta 5 años de cárcel, además de una multa de 11 a 20 UTM (525 mil a 954 mil pesos).
La abogada recalcó que lo importantes es poder comprobar que los responsables querían afectar la seguridad Interior para que se configure la invocación de la ley.
“Toda la normativa dice relación con delitos que se comenten en el curso de rebeliones o en el curso de protestas generalizadas. En general son delitos contra la seguridad interior del Estado y ahí hay una gran diferencia, porque hay que mirar cuál es la finalidad de las personas al momento de ejecutar el delito”, sentenció.